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"Transporte
Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía
cuando la pone a disposición del transportista designado por él; además, que
debe pagar los costos del transporte necesario para llevar la mercancía al
destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y
cualquier otro costo contraídos después de que la mercancía hayan sido así
entregada. "Transportista"
significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a
efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar,
vías navegables interiores o por una combinación de estos modos. Si se utilizan
transportistas sucesivos para el transporte al destino convenido, el riesgo se
trasmite cuando la mercancía se ha entregado al primer porteador. El término CPT exige
que el vendedor despache la mercancía de aduana para la exportación. Este término puede
emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte
multimodal.
A
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
A1 Suministro
de la mercancía de conformidad con el contrato El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura
comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el
contrato. A2 Licencias,
autorizaciones y formalidades El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y
expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y
llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios
para la exportación del mercancía. A3 Contratos
de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a sus propias expensas, el
transporte de la mercancía al punto acordado en el lugar de destino convenido,
por una ruta usual y en la forma acostumbrada. Si ningún punto se ha acordado o
no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de
destino convenido que mejor se adecue a su conveniencia b) Contrato de seguro Ninguna obligación. A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía al transportista
contratado de conformidad con A3 a) o, si hay porteadores sucesivos, al primer
porteador, para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, y
en la fecha o dentro del periodo acordados. A5
Transmisión de riesgos El
vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos
de pérdida 0 daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada
según A4. A6
Reparto de gastos
El
vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar - todos los gastos relacionados con la mercancía, hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el flete
y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluyendo los costos de cargar
la mercancía y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que fueran
por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - cuando sea pertinente, los costos de los trámites
aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos impuestos
y demás cargas exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier
país, si fueran por cuenta del vendedor, según el contrato de transporte. A7
Aviso al comprador El
vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entrega de: conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise
el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan
recibir la mercancía. A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente El
vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador si es
costumbre, el documento o los documentos de transporte usuales (por ejemplo, un
conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable,
un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de
envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un
documento de transporte multimodal) para el transporte contratado de
conformidad con A3. Si
el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el
documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un
mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. A9
Comprobación ‑ embalaje ‑ marcado El
vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como
comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar
la mercancía de conformidad con A4. El
vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que
sea usual en el tráfico especifico enviar la mercancía descrita en el contrato
sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El
embalaje ha de ser marcado adecuadamente. A10
Otras obligaciones El
vendedor debe prestar el comprador, a petición, riesgo y expensas de este
último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el
país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. El
vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la
información necesaria para obtener un seguro. B OBLIGACIONES DEL COMPRADOR B1
Pago del precio El
comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de
compraventa. B2
Licencias, autorizaciones y formalidades El
comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente,
todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su
tránsito por cualquier país. B3
Contratos de transporte y seguro a)
Contrato de transporte Ninguna obligación b) Contrato de seguro Ninguna obligación B4
Recepción de la entrega El
comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de
conformidad con A4 y recibiría del transportista en el lugar convenido. B5
Transmisión de riesgos El
comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía
desde el momento en que haya sido entregada según A4 El
comprador debe, si no ha dado aviso con arreglo a B7, correr con todos los
riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o desde la: techa de expiración
del periodo fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya
sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta
aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. B6
Reparto de gastos El
comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar: - todos los gastos relativos a la mercancía desde el
momento en que ha sido entregada de acuerdo con A4; y - todos los gastos y cargas relativos a la mercancía
mientras está en tránsito hasta su llegada al lugar de destino convenido, salvo
que tales gastos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de
transporte; y - los gastos de descarga, salvo que esos costos y
cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y - todos los gastos adicionales contraídos en relación
con la mercancía, si no da aviso con arreglo a B7, desde la fecha acordada o
desde la fecha de expiración de periodo fijado para la expedición, siempre que,
no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato,
es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la
mercancía objeto del contrato; y - cuando sea pertinente, todos los derechos, impuestos
y demás cargas, así como los costos para realizar los tramites aduaneros
exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier
país, salvo que estén incluidos dentro de los costos, previstos en el contrato
de transporte. B7
Aviso al vendedor El
comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la
mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. B8 prueba de la entrega, documento de transporte o
mensaje electrónico equivalente El
comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es
conforme al contrato. B9
Inspección de las mercancías El
comprador debe pagar los costos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de
exportación. B10
Otras obligaciones El
comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los
documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar
aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto. |
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