Logotipo de PHP REGION Ñ


CONTENIDO
Principal
Descargas
Eventos
Enlaces
Manuales On-line
Foro de discusión
Libro de visitas
Registrarse
Usuarios
Ayuda

 
ASESORAMIENTO INTEGRAL
Sistema Aduaneros Comercio Exterior
Reclamaciones y recursos BASC

 
CONTACTENOS

Contáctenos

 
DESPACHOS

Clientes

Consolidadoras

Extranets

 
NUESTRA EMPRESA

Nuestra empresa

 
SERVICIOS ADUANEROS
Clasificación Arancelaria Ajuste de Valor
Destinación Aduaneras Beneficios exportación no tradicional

 
SERVICIOS COMERCIO EXTERIOR
Estructura de costos de exportación Estructura de costos de importación

 
SERVICIOS e-
E-Business E-Commerce

 
Suscripción al Newsletter de Comercio Exterior

Registrese Aqui!!!

CPT - TRANSPORTE PAGADO HASTA (... lugar de destino convenido)

 

"Transporte Pagado Hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él; además, que debe pagar los costos del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro costo contraídos después de que la mercancía hayan sido así entregada. 

"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de estos modos. 

Si se utilizan transportistas sucesivos para el transporte al destino convenido, el riesgo se trasmite cuando la mercancía se ha entregado al primer porteador. 

El término CPT exige que el vendedor despache la mercancía de aduana para la exportación. 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. 

A  OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. 

A2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación del mercancía. 

A3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte

El vendedor debe contratar en las condiciones  usuales a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto acordado en el lugar de destino convenido, por una ruta usual y en la forma acostumbrada. Si ningún punto se ha acordado o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino convenido que mejor se adecue a su conveniencia

 

b) Contrato de seguro

Ninguna obligación. 

A4 Entrega

El vendedor debe entregar la mercancía al transportista contratado de conformidad con A3 a) o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador, para el transporte hasta el punto acordado en el lugar convenido, y en la fecha o dentro del periodo acordados. 

A5 Transmisión de riesgos

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida 0 daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4. 

A6 Reparto de gastos

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar

- todos los gastos relacionados con la mercancía, hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el flete y todos los demás gastos resultantes de A3 a), incluyendo los costos de cargar la mercancía y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

 

- cuando sea pertinente, los costos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos impuestos y demás cargas exigibles a la exportación, y para su tránsito por cualquier país, si fueran por cuenta del vendedor, según el contrato de transporte. 

A7 Aviso al comprador

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entrega de: conformidad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la mercancía. 

A8 Prueba de la entrega, documento de trans­porte o mensaje electrónico equivalente

El vendedor debe, a sus propias expensas, proporcionar al comprador si es costumbre, el documento o los documentos de transporte usuales (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navegación interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal) para el transporte contratado de conformidad con A3. 

Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente. 

A9 Comprobación ‑ embalaje ‑ marcado

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4. 

El vendedor debe proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico especifico enviar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. 

A10 Otras obligaciones

El vendedor debe prestar el comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente (diverso de aquellos mencionados en A8) emitido o transmitido en el país de expedición y/o de origen que el comprador pueda requerir para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. 

El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro. 

B   OBLIGACIONES DEL COMPRADOR 

B1 Pago del precio

El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa. 

B2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país. 

B3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte Ninguna obligación

 

b) Contrato de seguro

Ninguna obligación 

B4 Recepción de la entrega

El comprador debe aceptar la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibiría del transportista en el lugar convenido. 

B5 Transmisión de riesgos

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4  

El comprador debe, si no ha dado aviso con arreglo a B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha acordada o desde la: techa de expiración del periodo fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. 

B6 Reparto de gastos

El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3 a), pagar:

- todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que ha sido entregada de acuerdo con A4; y

 

- todos los gastos y cargas relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al lugar de destino convenido, salvo que tales gastos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

 

- los gastos de descarga, salvo que esos costos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y

 

- todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mercancía, si no da aviso con arreglo a B7, desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de periodo fijado para la expedición, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

 

- cuando sea pertinente, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los costos para realizar los tramites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costos, previstos en el contrato de transporte. 

B7 Aviso al vendedor

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto. 

B8 prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente

El comprador debe aceptar el documento de transporte de acuerdo con A8, si es conforme al contrato. 

B9 Inspección de las mercancías

El comprador debe pagar los costos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación. 

B10 Otras obligaciones

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

 
Buscar

 
DICCIONARIO COMERCIO EXTERIOR
Ingles - Castellano Castellano - Ingles

 
INCOTERMS

Incoterms

 
Ingreso:
Usuario:
Contaseña:
Quieres hacer tu cuenta pulsa aqui.

 
Mensajes de ayuda:
Información para Viajeros
Ver más

¿Cómo Exportar?
Ver más

 


Todos los derechos reservados Copyright SALINAS & CASARETTO S.A. ©2000-2004