Logotipo de PHP REGION Ñ


CONTENIDO
Principal
Descargas
Eventos
Enlaces
Manuales On-line
Foro de discusión
Libro de visitas
Registrarse
Usuarios
Ayuda

 
ASESORAMIENTO INTEGRAL
Sistema Aduaneros Comercio Exterior
Reclamaciones y recursos BASC

 
CONTACTENOS

Contáctenos

 
DESPACHOS

Clientes

Consolidadoras

Extranets

 
NUESTRA EMPRESA

Nuestra empresa

 
SERVICIOS ADUANEROS
Clasificación Arancelaria Ajuste de Valor
Destinación Aduaneras Beneficios exportación no tradicional

 
SERVICIOS COMERCIO EXTERIOR
Estructura de costos de exportación Estructura de costos de importación

 
SERVICIOS e-
E-Business E-Commerce

 
Suscripción al Newsletter de Comercio Exterior

Registrese Aqui!!!

EXW - EN FABRICA (... lugar convenido)

 "En Fábrica" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor. 

Este término define, así, la menor obligación del vendedor, debiendo el comprador asumir todos los costos y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor. 

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabiliza de la carga de la mercancía a la salida y que asuma los riesgos y todos los costos de tal operación deben dejarlo añadiendo expresiones explicitas en ese sentido en el contrato de compraventa. Este término no debería usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las formalidades de exportación, ni directas ni indirectamente. En tales circunstancias, debería emplearse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su costo y riesgo. 

A   OBLIGACIONES DEL VENDEDOR 

A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. 

A2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este ultimo, la ayuda precise para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial necesarias para exportar la mercancía. 

A3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte

Ninguna obligación.

 

b) Contrato de seguro.

Ninguna obligación. 

A4 Entrega

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el lugar de entrega convenido, sin cargar el vehículo receptor, en la fecha o dentro del plazo acordados o, sino se ha acordado ese momento, en la fecha usual de entrega de esa mercancía. Si no se ha determinado un punto especifico dentro del lugar convenido, y si hay diversos puntos disponibles, el vendedor puede elegir el lugar de entrega que mejor se acomode a su conveniencia. 

A5 Transmisión de riesgos

El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4. 

A6 Reparto de gastos

El vendedor debe, con sujeción a lo previsto en B6, pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega de conformidad con A4. 

A7 Aviso al comprador

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente acerca de cuando y dónde la mercancía será puesta a su disposición. 

A8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente

Ninguna obligación. 

A9 Comprobación ‑ embalaje ‑ marcado

El vendedor debe pagar los gastos de las operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de poner la mercancía a disposición del comprador. 

El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico especifico suministrar la mercancía descrita ene el contrato sin embalaje) requerido  para el transporte de la mercancía, en la medida  en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades, destino) sean hechas conocer al vendedor antes de que se haya concluido e l contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente. 

A10 Otras obligaciones

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precise para obtener cualquier documento o mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de entrega y/o de origen que el comprador pueda requerir para la exportación y/o la importación de las mercancías y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país. 

El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición de este último, la información necesaria para obtener un seguro.  

B  OBLIGACIONES DEL COMPRADOR 

B1 Pago del precio

El comprador debe pagar el precio según lo previsto en el contrato de compraventa. 

B2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, las licencias de exportación e importación o cualquier autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las mercancías. 

B3 Contratos de transporte y seguro

a) Contrato de transporte

Ninguna obligación

 

b) Contrato de seguro

Ninguna obligación 

B4 Recepción de la entrega

El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y A7/B7. 

B5 Transmisión de riesgos

El comprador debe soportar todos los  riesgos de pérdida o daño de la mercancía

- desde el momento en que haya sido entregada de conformidad A4; y

 

- desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo fijado para recibir la entrega, porque no haya dado aviso de conformidad con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato. es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato. 

B6 Reparto de gastos

El comprador debe pagar:

- todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4, y

 

- cualquier gasto adicional contraído bien por no recibir la entrega de la mercancía cuando ésta fue puesta a su disposición, o por no dar el aviso apropiado conforme a B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato, y

 

- cuando sea pertinente, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros exigibles a la exportación. 

El comprador debe rembolsar todos los costos y cargas contraídos por el vendedor al prestar su ayuda de conformidad con A2. 

B7 Aviso al vendedor

El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar la fecha dentro de un plazo acordado y/o el lugar de recepción, dar aviso suficiente de ello al vendedor. 

B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente

El comprador debe proporcionar al vendedor prueba adecuada de haber recibido la entrega. 

B9 Inspección de la mercancía

El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de exportación. 

B10 Otras obligaciones

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y rembolsar aquellos en que haya incurrido el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

 
Buscar

 
DICCIONARIO COMERCIO EXTERIOR
Ingles - Castellano Castellano - Ingles

 
INCOTERMS

Incoterms

 
Ingreso:
Usuario:
Contaseña:
Quieres hacer tu cuenta pulsa aqui.

 
Mensajes de ayuda:
Información para Viajeros
Ver más

¿Cómo Exportar?
Ver más

 


Todos los derechos reservados Copyright SALINAS & CASARETTO S.A. ©2000-2004